Reconocimiento general de títulos del extranjero

DURACIÓN DEL TRÁMITE:

30 días hábiles

¿A quién va dirigido este trámite?

Personas en goce de derechos de ciudadanía ecuatoriana, personas extranjeras o sujetos de protección internacional que deseen registrar en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior del Ecuador-SNIESE, su título obtenido en Instituciones de Educación Superior del Extranjero, que no pertenezcan al campo de la Salud, ni tampoco sean títulos doctorales PhD.

Requisitos para aplicar

  1. Cédula de ciudadanía o identidad (es válida la versión digital descargada desde la aplicación móvil Gob.ec), pasaporte, o documento de identidad del país de origen (original y vigente); o, para sujetos de protección internacional, visa o documento emitido por el ente rector de la movilidad humana que acredite su condición.
  2. Título original debidamente apostillado conforme el convenio de la Haya o que cuente con legalización consular.
  3. Record académico o documento, con el que sea posible verificar la duración de los estudios, emitida a nombre del peticionario, en documento original o copia certificada, suscrita por la autoridad competente de la Institución de Educación Superior.
  4. Área, rama, campo de conocimiento o su equivalente de la carrera o programa académico cursado de cuyo título se solicite el registro, documento en original o copia certificada, suscrita por la autoridad competente de la Institución de Educación Superior.
  5. Modalidad de estudios suscrita por la autoridad competente de la Institución de Educación Superior, para los títulos expedidos en las carreras o programas que correspondan a los campos del conocimiento establecidos en la Resolución RPC-SE-07-No.019-2023 (https://siau-online.senescyt.gob.ec/media/infoDocs/listado-de-carreras.pdf) expedida por el CES.

Podrás visualizar ejemplos de los certificados detallados en el numeral 4 y 5 dando clic en FORMATOS.

Recomendaciones para el reconocimiento de títulos obtenidos en el extranjero:

  • El reconocimiento de títulos obtenidos en el extranjero deberá ser comparable a los niveles de formación del Ecuador (Tercer nivel técnico/tecnológico, Tercer nivel de grado y Cuarto Nivel) y que la Institución de Educación Superior Extranjera cuente con la acreditación en el país de origen del título.
  • Verificar que los documentos escaneados y cargados en Sistema Inteligente de Atención al Usuario (SIAU) sean legibles y no se encuentren borrosos.
  • Al momento de ingresar el trámite, se debe proporcionar un correo electrónico institucional (que sea oficial y válido), y datos de contacto de la institución de educación superior extranjera donde se realizaron los estudios.
  • En el caso de no presentar la documentación original, podrá presentar copias certificadas (fiel copia del original) que deben ser autenticadas por un Notario Público del Ecuador.
  • Si el título no cuenta con la apostilla o legalización consular, se aceptará a trámite la solicitud y se solicitará como alternativa al requisito de apostilla o legalización consular una declaración juramentada por parte de la persona interesada, a efectos de respaldar la validez de dicho título.
  • Si la documentación se encuentra en un idioma diferente al español o inglés, presentar la traducción oficial al idioma castellano de toda la documentación (La traducción deberá ser realizada por traductores debidamente registrados o acreditados en Embajadas, Consulados, departamentos de idiomas de las universidades o escuelas politécnicas u otros organismos oficiales).
  • En caso de no contar con el título por pérdida, robo, destrucción o cuando la institución de educación superior entregue el mismo en un tiempo posterior a la graduación, se podrá sustituir este requisito presentando la siguiente documentación:
  1. Certificado original o en copia certificada emitida por la Institución de Educación Superior extranjera a nombre del solicitante y suscrita por la autoridad competente con la debida legalización consular o apostilla de la Haya (que acredite la obtención del título y que al menos contenga la misma información que constaría en el título final).
  2. Declaración juramentada, en la cual se exprese la imposibilidad de presentar el título (proceso que se realiza a través de un Notario Público del Ecuador).
  • Para los sujetos de protección internacional que no hayan podido obtener alguno de los requisitos, a excepción de la visa o documento emitido por el ente rector de la movilidad humana que acredite su condición y el título, se podrán sustituir por una declaración juramentada emitida ante Notario Público, en la que el solicitante declare la veracidad y el cumplimiento de los mismos.
  • En el caso de que la presentación física de la documentación lo realice una tercera persona, se deberá adjuntar una carta de autorización debidamente suscrita por el titular; y, la cédula, pasaporte o documento de identificación del refugiado, vigente de la persona que realizará el trámite.
  • Los documentos electrónicos (firma digital, firma electrónica, código QR, entre otros) también serán aceptados para el trámite de reconocimiento de títulos del extranjero. Por lo tanto no requieren de una materialización previa ante una Notaría Pública del Ecuador.
  • Serán reconocidos los títulos cursados en las modalidades en línea o a distancia, excepto los títulos expedidos en las carreras o programas que correspondan al campo detallado, contenido en la Resolución RPC-SE-07-No.019-2023 expedida por el CES. Para más información clic aquí https://siau-online.senescyt.gob.ec/media/infoDocs/listado-de-carreras.pdf.
  • Es obligatorio acudir a la cita presencial portando los documentos originales que cargó en el ingreso de su solicitud en SIAU online; recuerde que la Senescyt no se queda con ningún documento físico.

Recuerde

Sí tienes dudas para solicitar el trámite, revisa el vídeo tutorial en el siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=8RIYC8fwcl0