Reconocimiento de títulos profesionales o grados académicos en el campo de la salud, si el título extranjero cuenta con un reconocimiento del Ministerio de Salud Pública del Ecuador antes del 31/10/2000

DURACIÓN DEL TRÁMITE:

30 días hábiles

¿A quién va dirigido este trámite?

Personas en goce de derechos de ciudadanía ecuatoriana, personas extranjeras o sujetos de protección internacional que deseen registrar en el sistema Nacional de Información de Educación Superior del Ecuador-SNIESE, su título que se encuentra reconocido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador antes del 31/10/2000.

Requisitos para aplicar

  1. Cédula de ciudadanía o identidad (es válida la versión digital descargada desde la aplicación móvil Gob.ec), pasaporte, o documento de identidad del país de origen (original y vigente); o, para sujetos de protección internacional, visa o documento emitido por el ente rector de la movilidad humana que acredite su condición.
  2. Título original con la debida legalización consular o apostilla de La Haya con la inscripción en el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.
  3. Diploma o certificado original otorgado por el Colegio Médico del Ecuador de la rama de la salud respectiva, en donde se reconozca la especialización.

Podrás visualizar ejemplos de los certificados detallados en el numeral 4 y 5 dando clic en FORMATOS.

Recomendaciones para el reconocimiento de títulos obtenidos en el extranjero:

  • El reconocimiento de títulos obtenidos en el extranjero deberá ser comparable a los niveles de formación del Ecuador (Tercer nivel técnico/tecnológico, Tercer nivel de grado y Cuarto Nivel) y que la Institución de Educación Superior Extranjera cuente con la acreditación en el país de origen del título.
  • Verificar que los documentos escaneados y cargados en Sistema Inteligente de Atención al Usuario (SIAU) sean legibles y no se encuentren borrosos.
  • Al momento de ingresar el trámite, se debe proporcionar un correo electrónico institucional (que sea oficial y válido), y datos de contacto de la institución de educación superior extranjera donde se realizaron los estudios.
  • En el caso de no presentar la documentación original, podrá presentar copias certificadas (fiel copia del original) que deben ser autenticadas por un Notario Público del Ecuador.
  • Si el título no cuenta con la apostilla o legalización consular, se aceptará a trámite la solicitud y se solicitará como alternativa al requisito de apostilla o legalización consular una declaración juramentada por parte de la persona interesada, a efectos de respaldar la validez de dicho título.
  • Si la documentación se encuentra en un idioma diferente al español o inglés, presentar la traducción oficial al idioma castellano de toda la documentación (La traducción deberá ser realizada por traductores debidamente registrados o acreditados en Embajadas, Consulados, departamentos de idiomas de las universidades o escuelas politécnicas u otros organismos oficiales).
  • En caso de no contar con el título por pérdida, robo, destrucción o cuando la institución de educación superior entregue el mismo en un tiempo posterior a la graduación, se podrá sustituir este requisito presentando la siguiente documentación:
  1. Certificado original o en copia certificada emitida por la Institución de Educación Superior extranjera a nombre del solicitante y suscrita por la autoridad competente con la debida legalización consular o apostilla de la Haya (que acredite la obtención del título y que al menos contenga la misma información que constaría en el título final).
  2. Declaración juramentada, en la cual se exprese la imposibilidad de presentar el título (proceso que se realiza a través de un Notario Público del Ecuador).
  • Para los sujetos de protección internacional que no hayan podido obtener alguno de los requisitos, a excepción de la visa o documento emitido por el ente rector de la movilidad humana que acredite su condición y el título, se podrán sustituir por una declaración juramentada emitida ante Notario Público, en la que el solicitante declare la veracidad y el cumplimiento de los mismos.             
  • En el caso de que la presentación física de la documentación lo realice una tercera persona, se deberá adjuntar una carta de autorización debidamente suscrita por el titular; y, la cédula, pasaporte o documento de identificación del refugiado, vigente de la persona que realizará el trámite.
  • Los documentos electrónicos (firma digital, firma electrónica, código QR, entre otros) también serán aceptados para el trámite de reconocimiento de títulos del extranjero. Por lo tanto no requieren de una materialización previa ante una Notaría Pública del Ecuador.
  • Serán reconocidos los títulos cursados en las modalidades en línea o a distancia, excepto los títulos expedidos en las carreras o programas que correspondan al campo detallado, contenido en la Resolución RPC-SE-07-No.019-2023 expedida por el CES. Para más información clic aquí https://siau-online.senescyt.gob.ec/media/infoDocs/listado-de-carreras.pdf.
  • Es obligatorio acudir a la cita presencial portando los documentos originales que cargó en el ingreso de su solicitud en SIAU online; recuerde que la Senescyt no se queda con ningún documento físico.
  • Las especializaciones de medicina, odontología y obstetricia, deberán contar previamente con el registro del título de tercer nivel de grado y/o cuarto nivel según corresponda.

Recuerde:

Sí tienes dudas para solicitar el trámite, revisa el vídeo tutorial en el siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=8RIYC8fwcl0